Este 14 de mayo, profundizamos en el futuro de la industria en nuestro webinar: 'Una Nueva mirada a la Ley de Seguridad Privada'. En una sesión liderada por los expertos de Securitas, Cristian Ceballos, Anita Serrano y Exequiel Figueroa, analizamos por qué esta regulación no es solo un cambio operativo, sino una transformación profunda en el compliance empresarial. A continuación, compartimos los pilares fundamentales para preparar a tu organización frente a los desafíos de 2026 y 2027.
1. La Seguridad como Eje de Compliance
La principal conclusión de Cristian Ceballos fue clara: la seguridad privada dejó de ser un tema puramente operativo para convertirse en un estándar de gestión integral de riesgos. La nueva ley articula diversos cuerpos normativos en un solo estándar exigente. Ahora, las empresas deben enfrentar:
- Disponibilidad inmediata de información: El fiscalizador ya no otorga plazos extensos; la documentación debe estar disponible al instante.
- Trazabilidad digital: Todo lo que la compañía haga en seguridad debe ser auditable y demostrado mediante tecnología.
- Interconexión legal: La normativa se entrelaza con la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
2. Nueva Institucionalidad y Prórroga de Plazos
Un dato clave comentado por Anita Serrano, durante el encuentro es la reciente aprobación por parte de la Comisión de la extensión de plazos hasta el 27 de noviembre de 2027 para que las entidades obligadas entreguen sus planes y estudios de seguridad.
El Gobierno ingresó una ley corta para ajustar la implementación de la Ley N° 21.659.
Uno de sus ejes es extender plazos clave, específicamente:
- Para que las entidades obligadas presenten sus estudios y planes de seguridad.
- Para la tramitación de autorizaciones y acreditación del personal de seguridad.
La extensión informada públicamente es acotada (en torno a 18 meses), llevándola hasta noviembre de 2027
Además, el actor central cambia: la Subsecretaría de Prevención del Delito asume el rol de órgano rector, desplazando a Carabineros de la labor administrativa (autorizaciones) para dejarlos enfocados exclusivamente en la fiscalización en terreno.
3. La Matriz de Riesgo: ¿Cómo será evaluada tu empresa?
La ley introduce una metodología basada en niveles de riesgo (bajo, medio y alto). Esta matriz considera factores internos y externos:
- Internos: Cantidad de personal, sistemas tecnológicos y procesos físicos.
- Externos: Ubicación geográfica, vulnerabilidad del entorno, cercanía a rutas de escape y nivel de cobertura policial.
Importante: Un nivel de riesgo alto no implica necesariamente el uso de vigilantes armados, siempre que la empresa presente un Plan de Acción y Mitigación sólido que demuestre cómo la tecnología compensa dichas vulnerabilidades.
4. Tecnología: El Coadyuvante de la Seguridad Pública
La profesionalización de la actividad es una exigencia. En este contexto, Exequiel Figueroa, gerente de Estrategia y Desarrollo de Negocios, destacó cómo las soluciones de vanguardia ya están preparadas para este desafío:
- Securitas Advisor: Nuestra plataforma basada en la norma ISO 31000 permite identificar, evaluar y clasificar riesgos de forma científica para generar planes de acción a medida.
- Protección Aérea (Drones): Con posibilidad de cubrir grandes extensiones en poco tiempo y visión nocturna avanzada, los drones se posicionan como la herramienta más eficiente para la vigilancia de perímetros extensos y difícil acceso.
- Trazabilidad con Vision: Herramientas que permiten el resguardo de evidencia y reportabilidad inmediata, cumpliendo con las nuevas exigencias de digitalización de la ley.
Conclusión: Prepárate para el nuevo estándar
La Ley de Seguridad Privada nos empuja a ser "coadyuvantes" de la seguridad pública. No se trata de cumplir un papel, sino de demostrar un compromiso permanente con la protección de personas y procesos productivos.
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